A través de la Resolución 000080 de 28-07-2020, la Dian establece el nuevo sistema de habilitación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), basándose en un mecanismo de autogeneración y eliminación de los pasos de renovación y revocación del anterior sistema.
Este nuevo sistema, permite un instrumento más ágil, donde se optimiza el acceso y uso de la Firma Electrónica (FE).
Es un mecanismo que permite firmar electrónicamente declaraciones tributarias y demás documentos dirigidos a la Dian que requieren la firma del contribuyente.
El tramite de la generación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) se realiza por las personas naturales a través de la autogestión en los servicios informáticos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
Para tramitar la generación, el usuario deberá tener actualizada la información en el Registro Único Tributario – RUT,
Cómo una de las apuestas de la administración tributaria en el fortalecimiento de sus canales tecnológicos, los contribuyentes podrán firmar sus declaraciones tributarias a través del Instrumento de Firma Electrónica y no deberán desplazarse a las entidades Bancarias para formalizar la presentación de sus declaraciones, así mismo a través de los servicios en linea como pagos en linea PSE podrán generar los pagos de sus declaraciones sin necesidad de salir de casa.
El Instrumento tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir de que se culmine el procedimiento de generación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE).”