El Gobierno Nacional autorizó que empresas privadas, importen, adquieran y apliquen vacunas contra el COVID -19 a través de la Resolución 507 del 19 de abril de 2021, que habilita a las empresas privadas de Colombia para iniciar procesos de importación de la vacuna.
La Resolución 507 del 19 de abril de 2021 tiene como objeto “autorizar la importación, adquisición y aplicación de vacunas contra el COVID-19 por parte de personas jurídicas de derecho privado o de personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado”, así esta estipulado en el Artículo 1 de la resolución en cuestión.
De lo anterior, no hay una distinción específica para poder adquirir vacunas por parte del sector privado. Sin embargo las compañías de decidan hacer parte del proceso de importación deben garantizar y cumplir con todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud, los cuales han quedado consignados en el artículo 2 de la Resolución 507 de 2021. Estos requisitos se han sido implementados con el propósito de garantizar la equidad y seguridad a la hora del ingreso al Plan Nacional de Vacunación.
Las negociaciones para la adquisición e importación de vacunas, podrán hacerse desde el 21 de abril del 2021, y la aplicación de las mismas iniciará una vez el Gobierno Nacional haya realizado la vacunación en las personas priorizadas en la etapa 3 del Plan Nacional de Vacunación.
Recuerde que: