Condiciones para acceder a renta exenta por servicios hoteleros

 Lo anterior, en consideración con la exequibilidad condicionada de la norma 

 Tesis Jurídica:

“(…) solo desde la expedición de la sentencia C-235 de 2019 el parágrafo 1 del artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, se debe aplicar en el entendido de que los contribuyentes que hubieren acreditado las condiciones para acceder a la exención de renta prevista en el artículo 18 de la Ley 788 de 2002 –que adicionó el artículo 207-2 del Estatuto Tributario-, pueden disfrutar de dicho beneficio durante la totalidad del término otorgado en esa norma.” 

Artículos del Estatuto Tributario:

207-2; 

Normas relacionadas:

Par. 1 del art. 100 de la L. 1819 de 2016; Art. 18 de la L. 788 de 2002; 

Para conocer el concepto haga clic en el siguiente enlace: 

 Concepto 001798 de 19 julio de 2019